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| Certificado AEAT |
Como en ejercicios anteriores la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos ha enviado el Certificado de Entidad Sin Fines Lucrativos 2017. Lo que supone que al haber optado por el régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, mediante la correspondiente declaración censal y no haber renunciado al mismo para el ejercicio 2017, podemos obtener un certificado que nos acredita a efectos de la exclusión de la obligación de retener o ingresar a cuenta respecto de las rentas exentas percibidas, que tenga vigencia para el próximo periodo impositivo, con independencia del que podamos obtener o hayamos podido obtener para el periodo impositivo en curso.
