El XIV Convenio colectivo general de centros y
servicios de atención a personas con discapacidad, introdujo una nueva
figura de suma importancia para los trabajadores, que queremos resaltar, la “evaluación de la mejora
de las competencias del profesional”, cuyo objetivo es medir el los
conocimientos, habilidades, aptitudes y conductas laborales que posee un
profesional para realizar con éxito sus actividades, y de cuyos resultados
dependerán los incentivos salariales que perciba el profesional a través del
denominado “Complemento de Desarrollo Profesional”.
El convenio colectivo establece que la promoción
profesional, dentro de un mismo puesto de trabajo, tiene por objeto que el
trabajador desarrolle funciones progresivamente más complejas, lo que puede
conllevar subidas salariales. Esta promoción profesional se lleva a cabo a
través de formación continua.
Esta mejora de las competencias profesionales se
mide a través de una evaluación que
consiste en un cuestionario sobre los conocimientos, habilidades, aptitudes y
conductas laborales, que será elaborado por cada entidad y específico
para cada puesto de trabajo. Para poder realizar esta primera evaluación, se
tienen que preparar los perfiles de los grupos profesionales y puestos de
trabajo, identificando las competencias profesionales que se consideren más
adecuadas para constatar el mejor desempeño del puesto de trabajo.
Si la evaluación del trabajador es positiva (ha
mejorado sus competencias) se hará efectivo un aumento salarial (Complemento de
Desarrollo Profesional). Después de tres evaluaciones positivas, el trabajador
pasa al siguiente nivel de desarrollo, lo que conlleva una acreditación dentro
del sector profesional.