miércoles, 8 de febrero de 2017

Ampliación Permiso Paternidad

El pasado 1 de enero entró en vigor la ampliación del permiso de paternidad de 13 a 28 días (ampliables en 2 días más por cada hijo a partir del segundo). 
La ejecución de esta medida se había ido aplazando, año a año, tras la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado desde que en 2009 saliera adelante la ley 9/2009 que aumentaba a cuatro semanas el permiso de paternidad a partir del 1 de enero de 2011. 
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha interpretado cómo debe aplicarse este permiso y deja fuera de su disfrute a algunos casos concretos. 

El derecho al subsidio ampliado sólo lo podrán disfrutar los padres de niños nacidos o acogidos desde el 1 de enero de 2017, por lo que aquellos que ya estuviesen disfrutando del permiso o se dispusieran a hacerlo a partir de principios de año no podrán prorrogarlo. 
Por otra parte, la duración ampliada en los supuestos de familias numerosas o cuando en la familia haya una persona con discapacidad desaparece y se equipara a la prestación prevista con carácter general. 
Se mantiene la posibilidad de su disfrute a jornada completa o a tiempo parcial, con un mínimo establecido del 50%, previo acuerdo entre empresario y trabajador, debiéndose realizar en todo caso ininterrumpidamente durante el periodo comprendido desde la finalización del permiso por nacimiento de hijo hasta que finalice el descanso por maternidad o inmediatamente después de éste.
El derecho al subsidio es independiente a la prestación de la madre y compatible con el disfrute compartido de la prestación de maternidad, siempre que sea cedido por ésta. La cuantía del subsidio es del 100% de la base reguladora de la prestación de Incapacidad Temporal, derivada de contingencias comunes, al igual que la prestación por maternidad.
Los empresarios que sustituyan a sus trabajadores por este hecho, podrán beneficiarse de una bonificación del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social de ambos trabajadores, sustituto y sustituido.

Desde su implantación, cada año una media de 240.000 trabajadores se han acogido a esta prestación, según datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. 
Esta medida ya estaba prevista como una de las mejoras establecidas en el plan de Igualdad de Albanta, por lo que se deberá de proceder a un estudio de la nueva situación y proceder en su caso a la adopción de nuevas medidas una vez que ésta  ya se ha incorporado a la legislación.

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