En fecha de hoy 18 de Febrero de 2019, Albanta ha aprobado su "Protocolo Contra el Acoso Sexual y el Acoso por Razón de Sexo en el Trabajo".
Desde Albanta nos comprometemos a regular, por medio del presente Protocolo,
la problemática del acoso sexual y sexista en el trabajo, estableciendo un método
que se aplique tanto para prevenir, a través de la formación, la
responsabilidad y la información, como para resolver las reclamaciones y
denuncias presentadas por las víctimas, con las debidas garantías y tomando en
consideración las normas comunitarias, constitucionales, autonómicas, laborales
y las declaraciones relativas al derecho de trabajadores y trabajadoras a
disfrutar de unos ambientes de trabajo exentos de violencia de género.
El presente Protocolo se aplicará en ALBANTA dado que, de conformidad con
el art. 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva
de mujeres y hombres, toda empresa ha de promover condiciones de trabajo que
eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos
específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones
que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.
A la vista de que ALBANTA firma el Protocolo, tiene la obligación de
garantizar la seguridad y salud laboral de toda persona que preste servicios en
las instalaciones a las que alcanza el poder de dirección y debe asegurar por todos los medios a su alcance la existencia de ambientes de trabajo
exentos de riesgos para la integridad física y psíquica. En consecuencia, el
Protocolo se aplicará a toda persona que preste servicios en ALBANTA, incluido
el personal directivo, se encuentre o no incluido en el ámbito del convenio que
resulte de aplicación, el personal afecto a contratas o subcontratas y/o puesto
a disposición por las ETTs y personas trabajadoras autónomas relacionadas con ella.
Asimismo, ALBANTA asume la obligación de dar a conocer a la clientela y a
las entidades suministradoras la política de la empresa para combatir el acoso sexual
y sexista y, en particular, la existencia del presente protocolo, con
indicación de la necesidad de su cumplimiento estricto.

No hay comentarios:
Publicar un comentario