Incremento Ayudas a Centros Especiales de Empleo
El Sábado 27 de Julio de 2019, se ha publicado en el BOE la Orden TMS/805/2019, de 23 de julio, por la que se incrementan, con carácter extraordinario, las subvenciones destinadas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo.
Como se indica en su preámbulo por parte del Gobierno se considera que, en determinados casos, el aumento del 22,3 por ciento del salario mínimo interprofesional para 2019 puede suponer dificultades a los Centros Especiales de Empleo para mantener los puestos de trabajo de las personas con discapacidad con especiales dificultades, en razón del tipo y grado de discapacidad, contratadas en los mismos, por el incremento de los costes salariales que no son objeto de la subvención del 50 por ciento del salario mínimo interprofesional.Por ello, se considera procedente aprobar de manera extraordinaria, y únicamente durante 2019, un aumento en el porcentaje de financiación de las subvenciones por mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo del 50 por ciento del salario mínimo interprofesional actual al 55 por ciento, si bien sólo para el supuesto de aquellas personas con una discapacidad severa que conlleva especiales dificultades de acceso al mercado ordinario de trabajo.
Pues bién, esta medida se toma con carácter extraordinario, durante el ejercicio 2019, para financiar los costes salariales en los importes señalados respecto de las nóminas devengadas desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2019, de las personas trabajadoras con discapacidad contratadas en Centros Especiales de Empleo, siempre que estén incluidas en alguno de los grupos siguientes:
a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, incluidas las personas con trastornos del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
b) Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.
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